Reducción de horas de trabajo ¿a favor de quién?
- Edgar Isch
- 6 abr 2016
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Las reducción de jornada sólo tiene sentido a condición que favorezca el pleno empleo y un reparto menos injusto de la riqueza. Así lo entendieron en varios países europeos donde se fijaron normas para reducir el período de trabajo a las 35 horas semanales, resaltándose que la mejora de las condiciones laborales en la mayoría de ocasiones provocó una mejor producción, favoreciendo incluso a las mismas empresas.
Es por todos conocido que la lucha por mejores condiciones laborales ha sido constante en el accionar de los trabajadores y sus organizaciones. Jornadas y horarios, salud y riesgos de trabajo, enajenación, intensidad del trabajo, tecnologías y ambiente laboral, son parte de los temas que de esta manera se han puesto en cuestión. En torno a ellos, se viven las contradicciones de clase y, en buena medida, se definen las condiciones de acumulación del capital en manos de la burguesía a partir de la riqueza producida por los trabajadores. Tanto, que hace no mucho, un destacado representante de las transnacionales y uno de los mayores millonarios del mundo, Warren Buffett, señalase que: “hay una guerra de clases, y de momento le estamos ganando los ricos”.
Resumiendo algo de la historia el capitalismo, ha sido la lucha la que ha traído reformas positivas para los trabajadores que las clases dominantes buscan destruir. Así, los levantamientos revolucionarios en Europa entre 1848 y 1851 plantearon el derecho al trabajo como una forma de garantizar la dignidad de los asalariados; con la publicación del Manifiesto Comunista de Marx y Engels junto con el trabajo de la Primera Internacional, amplios sectores laborales cobran conciencia de cómo la burguesía se apropia del plusvalor generado por los trabajadores y por el que no se les paga, desarrollando la lucha por mejores condiciones laborales; la influencia de la insurrección y la Comuna de París (1871), traen el derecho a la organización, el derecho a la huelga y el sistema seguridad social de Bismarck (que se copió más tarde en el Ecuador); la revolución bolchevique de 1917 da nacimiento a una serie de derechos económicos, sociales y culturales que repercutieron a nivel mundial.
La jornada de trabajo
De manera particular, estamos a puertas de celebrar las jornadas del 1 de mayo de 1886 en Chicago, que dieran lugar a las jornadas laborales de ocho horas diarias, permitiendo contar con ocho horas para dormir y ocho más para llevar la vida social y familiar.
La relación entre tiempo de trabajo, riqueza producida por el trabajador y el porcentaje de la misma que se le devuelve como salario, son factores interconectados. Por ello, hay dos perspectivas contrapuestas de cómo realizar una reducción de jornada de trabajo, trampa que el gobierno ha puesto en su ley para la optimización de la jornada laboral.
La visión de los explotadores
Para los explotadores, menos horas de trabajo significa menos salarios (así lo establece la ley correísta1) pero ampliando mecanismos que permitan producir más o igual que antes. Si el trabajador produce igual en menos tiempo, significa que se aumenta la intensidad al trabajo, los riesgos de accidente y las afecciones a la salud; si en estas condiciones se le paga menos, quiere decir que se redujo su salario de manera real o, lo que es lo mismo, que los patrones se quedan con un mayor porcentaje de la riqueza generada por los trabajadores (porque sólo el trabajo humano genera valor).
Esto es lo que va a pasar con la aplicación de la Ley ya que ningún empresario estará de acuerdo en reducir su producción cuando puede forzar a los trabajadores a una intensificación de su capacidad productiva.
Por otra parte, el mismo gobierno y los empresarios han actuado usando un claro chantaje: si no aceptan estas condiciones regresivas de derechos, entonces se sumarán a los desempleados que hoy son aproximadamente 400,000 personas que desean trabajar en el país. Por tanto, decir que sólo se reduce la jornada y el salario si hay un acuerdo mutuo, es pretender que a él se llega libremente entre iguales, pero la situación es más parecida a la de la negociación entre un secuestrador y la familia del secuestrado. La amenaza del desempleo hace que ésta no sea una negociación real y que serán condiciones que se impongan a un sector importante de trabajadores.
Ese chantaje confirma lo señalado por Carlos Marx en el libro primero de su obra “El Capital” respecto a que en el capitalismo siempre habrá una parte de la población laboral que no puede acceder a un puesto de trabajo porque los desempleados son necesarios para el sistema, para presionar los salarios a la baja y no dar mejores condiciones laborales. A quien tiene empleo se le dirá que si exigen mejoras pueden ser despedidos porque hay muchos que desean un trabajo sin importar las condiciones del mismo.

A este “excedente” de fuerza de trabajo frente a los puestos existentes, se le conoce como el “ejército industrial de reserva”. Cuando la crisis se manifiesta, su existencia es más aprovechada por los explotadores para atacar a los derechos laborales. Y esto es lo que hoy hacen en santa alianza Rafael Correa, Alianza País, la burguesía, la derecha y las transnacionales.
“Durante los períodos de estancamiento y de prosperidad media, el ejército industrial de reserva o sobrepoblación relativa ejerce presión sobre el ejército obrero activo, y pone freno a sus exigencias durante los períodos de sobreproducción y de paroxismo. La sobrepoblación relativa, pues, es el trasfondo sobre el que se mueve la ley de la oferta y demanda de trabajo. Comprime el campo de acción de esta ley dentro de los límites que convienen de manera absoluta al ansia de explotación y el afán de poder del capital” (C. Marx, El Capital, libro primero).
En resumen, la reducción de la jornada laboral por la nueva Ley correísta es una forma de proteger los intereses de los patrones y de poner en espalda los trabajadores los costos de la crisis.
La perspectiva de los trabajadores
Desde la orilla de los trabajadores es claro que si se considera el tiempo vinculado al trabajo, este es superior a las ocho horas diarias de actividad concreta. En una ciudad grande, por lo menos se entrega también una hora de ida y otra de regreso desde el trabajo; una media hora en la planta para el almuerzo; tiempo de preparación. Eso hace que para cumplir con la empresa se emplean al menos 10 horas y media diarias, que reduce el tiempo de descanso y socialización. Pero, diga lo que diga el gobierno, el salario no alcanza, así que hay que realiza trabajos adicionales dentro o fuera de la empresa. Tanto es así, que el mismo gobierno bajo el nombre de “empleo adecuado” incluye a quienes “trabajan igual o más de 40 horas” a la semana.
En estas condiciones, y vistos los señalamientos anteriores, la reducción de la jornada de trabajo es una lucha justa siempre y cuando se cumplan algunas condiciones:
- Reduciendo la jornada con progresividad en la elevación salarial, de manera que esta llegue en poco tiempo al costo de la canasta básica familiar que actualmente supera los 700 dólares mensuales.
- Reducir la jornada para que el tiempo que se libera sea aprovechado para que contratar otros trabajadores, reduciendo el desempleo y el chantaje para bajar salarios. Repartir el empleo sin afectar a los pobres, es además una forma de evitar y prevenir una serie de otros problemas sociales. Esto implica defender los derechos de los pasantes y jóvenes trabajadores, que la ley del gobierno, de la misma manera, pisotea.
- Reducción de la jornada con empleo pleno y estable, sin las formas de flexibilización y precarización laboral presentes en la nueva Ley para la Optimización de la Jornada Laboral y en la anterior burlonamente llamada Ley para la Justicia Laboral.
- Reducción ampliando en favor de los trabajadores el reparto de utilidades y beneficios (el gobierno los ha reducido por debajo incluso de lo que los neoliberales habían aceptado).
- Reducción con aplicación de nuevas tecnologías, con el propósito fundamental de que exista un menor desgaste del trabajador.
Las reducción de jornada sólo tiene sentido a condición que favorezca el pleno empleo y un reparto menos injusto de la riqueza. Así lo entendieron en varios países europeos donde se fijaron normas para reducir el período de trabajo a las 35 horas semanales, resaltándose que la mejora de las condiciones laborales en la mayoría de ocasiones provocó una mejor producción, favoreciendo incluso a las mismas empresas.
Las diferencias de concepción y de propuesta entre el punto de vista de patronos (privados o el Estado) y el de los trabajadores, son absolutamente claras. El Frente Unitario los Trabajadores (FUT) y del Colectivo Unitario de Trabajadores, Indígenas y Organizaciones Sociales han planteado alternativas para salir de la crisis sin afectar a las mayorías, generando justicia social y mayor democracia. Ellas constituyen una referencia obligada para enfrentar la actual coyuntura.
[1] El momento que se aplique la Ley, trabajadores que hoy reciben la remuneración mínima unificada general, pasarían a ganar menos que esa cantidad, violentando el principio constitucional que señala que ese debería ser el mínimo a recibir en una relación laboral.
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