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El "primer empleo": de la demagogia correista a la propuesta popular

  • Marcelo Rivera
  • 10 feb 2016
  • 5 Min. de lectura

En el enlace ciudadano Nro. 461 del sábado 6 de febrero, Correa anunció una serie de medidas, que según sus propias palabras: “En cuanto a política pública para los empresarios, para proteger el empleo… buscamos flexibilizar el empleo.”, con esta declaración deja entrever que su principal interés es continuar beneficiando a los grupos económicos de poder, que hoy tienen una gran incidencia en las decisiones gubernamentales; estas políticas del régimen están orientadas a brindar incentivos al empresariado, flexibilizar la relación laboral mediante la figura del contrato “discontinuo” con lo que se afecta el derecho a la estabilidad y profundiza la precarización del trabajo; además, coloca a disposición de los empresarios el trabajo gratuito de miles de jóvenes pasantes, a cambio de un simple estipendio, sin que reciban el salario que merecen.


Con la intención de recuperar simpatía entre la juventud, Correa propone que las empresas que contraten jóvenes de entre 18 y 24 años, el Estado asumirá el pago del 11.5% que corresponde al aporte patronal para el seguro social, sólo a quienes ganen un Salario Básico Unificado - SBU, es decir, que según los cálculos el Estado estregará al sector empresarial un subsidio de 42 dólares por cada joven contratado por mínimo un año y prorrogable hasta dos años.


Esta “creativa” propuesta no permite enfrentar con efectividad el grave problema del desempleo juvenil, que según el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC), la tasa de desempleo de jóvenes de entre 15 y 24 años subió de 9,70% en diciembre del 2014 al 11,77% en 2015, triplicando en términos porcentuales, el nivel de desempleo de los adultos; si continúa la misma política del régimen, en poco tiempo estaremos alcanzado el promedio de desempleo juvenil que en la región se ubica en el 13,7%.


Para enfrentar al desempleo juvenil hace falta aplicar acciones que vayan más allá de un “incentivo”, léase subsidio, a los empresarios; es necesaria una propuesta integral que genere condiciones que hagan realidad el derecho al Primer Empleo, consagrado en el artículo 39 de la Constitución de la República, derecho que se ha reducido a un programa de colocación de empleo a través de una página web, y que ha beneficiado a 12 mil jóvenes de un total de 1 millón 300 mil jóvenes ecuatorianos.


Por otro lado, el Ministerio de Relaciones Laborales en el año 2012, expidió la Norma Técnica que establece las directrices para la celebración de convenios de pasantías y prácticas pre profesionales en el sector público; en ella se establece en el Art. 17 que el reconocimiento económico al pasante será de un Salario Básico Unificado - SBU, en aplicación a la Ley de Pasantías en el Sector Empresarial; este importante avance fue desechado por orden de Correa en la sabatina # 461, según el presidente: “cometimos un error por humanistas, pusimos que a los pasantes, a los que van aprender se les pague un SBU… tenemos presiones de muchos sectores, reconocemos que pudo ser un error”.


Estos dos anuncios ratifican una vez más, que el correísmo está al servicio de los empresarios, quienes presionar al régimen y consiguen poner al Estado bajo su control; no solo que van a entregarles subsidio de 40 dólares, sino que elimina la obligatoriedad de pagar un SBU a los jóvenes que realizan pasantías, ahora solo se les reconocerá un “estipendio” que se acordará entre las partes; es decir, que el joven universitario que quiera realizar una pasantía, la cual es requisito para su graduación, debe aceptar lo que le pague el empresario, quien no estará obligado a reconocer un salario fijo, el joven tendrá que trabajar prácticamente gratis, con ello se hará realidad lo que dijo el propio Correa: “tampoco permitiremos que so pretexto de pasantía tenga esclavos 10 años…”; entonces, sólo serán esclavos por unos meses.


En estas circunstancias, es necesario levantar con fuerza, desde todas las organizaciones sociales, y en especial desde las juveniles y estudiantiles una propuesta integral que promueva el acceso al empleo a la juventud ecuatoriana, la iniciativa podría canalizarse mediante una Ley de Fomento del Empleo para la Juventud, como actualmente existe en varios países de Latinoamérica, o a través de la aplicación de políticas públicas que tengan como orientación central el promover el empleo juvenil, superando la visión neoliberal que concibe a la aplicación del “primer empleo” mediante mecanismos de flexibilización laboral que menoscaban derechos y profundiza la explotación de la mano de obra en beneficio del capital.



Cualquiera que sea el mecanismo, la lucha por el empleo como un derecho de la juventud, debe ser empujado por un amplio movimiento social que exija al régimen la aplicación de medidas concretas que generen las condiciones que permitan el acceso de los jóvenes aun puesto de trabajo en condiciones dignas, en ese marco sugerimos las siguientes políticas, las que pueden ser consideradas como ejes centrales en la elaboración de una Ley para el Empleo Juvenil y su respectivo reglamento:


- El Estado reconoce a la juventud como actor estratégico del desarrollo del país, por lo que es responsabilidad del Estado impulsar políticas públicas para promover y proteger el empleo juvenil.


- Las empresas públicas y privadas deben contar en sus nóminas con el 20% de jóvenes, su cumplimiento, en el caso de las empresas privadas, será reconocido mediante exenciones y preferencias tributarias. El Estado debe exigir al sector productivo privado actuar con el principio de responsabilidad social.


- Creación de un organismo estatal que tenga como responsabilidad exclusiva la aplicación de políticas públicas para promover el empleo juvenil; dicha entidad llevará un registro detallado de los jóvenes profesionales universitarios, de quienes egresen de otros centros de educación técnica, y de los jóvenes en edad trabajar; con esta información debe propenderse a la promoción de empleo juvenil en empresas públicas, privadas, comunitarias, asociativas, etc.


- El Estado promoverá procesos de capacitación y formación a gran escala, tendientes a mejorar las condiciones para el acceso al empleo juvenil.


- La ley debe fomentar el primer empleo, mediante aplicación de procesos de contratación que elimine el requisito de “experiencia previa”, y propenda a la adquisición de la primera experiencia laborar. El joven trabajador gozará de todos los beneficios que el Código del Trabajo establece, estabilidad, Seguridad Social, contrato colectivo, salarios dignos, etc.


- El Estado debe brindar de forma gratuita: capacitación, asistencia técnica, acompañamiento, a los proyectos productivos impulsados por jóvenes, así como, el impuso de programas de créditos y micro-créditos, a bajo interés y a plazos preferenciales, bajo el criterio de la alianza pública – popular con sectores productivos comunitarios y asociativos.


- Debe aplicarse un régimen especial que garantice el derecho a estudiar y trabajar al mismo tiempo, los sistemas educativos deben flexibilizarse para que el acceso al trabajo no sea un impedimento para el estudio y viceversa.


- Prácticas pre-profesionales y pasantías remuneradas, bajo el criterio de que a igual trabajo igual remuneración.

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